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Sumario sanitario por Covid-19: así es el proceso contra quienes violan normas para evitar contagio

La oración “vamos a realizar un sumario sanitario” se ha repetido en boca de las autoridades cada vez que una persona viola las normas de cuarentena, ya sea esté o no infectado con Coronavirus.

Poco conocido en su alcance, se trata de una investigación administrativa en contra de quien infringe las normas del Código Sanitario y la lleva a cabo -de manera exclusiva y excluyente- la Secretaría Regional Ministerial (Seremi). En este caso, para quienes han pasado por encima de la orden que busca evitar que el Covid-19 se propague por la zona, región o país.

En las últimas semanas ejemplos sobran. Uno de ellos lo protagonizó un joven en el sector oriente de la capital que hizo una fiesta afectado por la enfermedad, al igual que una pareja que concurrió al supermercado, otro que viajó en un avión al sur de Chile, una doctora que concurrió al mall Alto Las Condes, entre otros. El más reciente, el de los empresarios José Manuel Urenda y Cristóbal Kaufmann, quienes viajaron hasta Cachagua en helicóptero donde poseen una segunda vivienda.

Todos, además, enfrentan la investigación penal del Ministerio Público que invoca el artículo 318 del Código Penal, que pena con un máximo de 541 días a quien “pone en peligro la salud pública”. Asimismo establece un monto a pagar de seis a veinte unidades tributarias mensuales. A precio actual, una suma superior al millón de pesos. A esto se suma el sumario sanitario.

Respecto de este último, aunque se trate de un área administrativa, lo cierto es que nadie se libra de la acción del fisco ni menos de la multa de la seremía, que puede llegar hasta las 1.000 UTM, poco más de $50 millones.

Actualmente no existe una escala o rango para determinar la sanción y todo queda a criterio del juez sanitario o abogado fallador, que puede aplicar el mínimo o el máximo, dependiendo de las características que rodearon a la infracción.

Para los reincidentes la multa puede duplicarse respecto a la primera. Y si hay una falta también, hasta llegar como máximo a las 1.000 UTM por cada uno de los expedientes sancionatorios que tienen un límite de cuatro.

Quien no pague la sanción pecuniaria se arriesga a que el Consejo de Defensa del Estado (CDE) lo persiga en juicio en los tribunales civiles. El organismo suele perseguir la responsabilidad pecuniaria hasta la Corte Suprema. Si el multado pierde en esta última instancia, el CDE busca el remate de propiedades o bienes para cancelar el monto aplicado por la Seremi.

Explicaciones

El abogado René Sánchez, de la oficina www.sumariosanitario.cl tiene experiencia patrocinando a empresas y personas que infringen las normas del ramo.

“En este caso, el sumario sanitario apunta a quien con su conducta exponga, en este caso, la salud de la población y que realiza en forma exclusiva y excluyente la Seremi de Salud (…) que tiene muchas facultades”, explicó.

“Este caso del Coronavirus es inédito”, agrega el profesional, ya que se trata de una persona, pero se le aplica la misma legislación.

Sánchez apuntó a que el inicio de todo sumario sanitario comienza cuando la autoridad o Carabineros notifica al infractor. “Es igual como cuando te cursan un parte en policía local, pero quedas citado a la Seremi de Salud”, dijo.

“Cuando se llega a esa instancia, presentándose en la fecha de la citación, se debe llegar con elementos probatorios, por ejemplo que ese día iba al hospital con mi hijo grave. Allí entonces se abre un expediente y se pasan los antecedentes al abogado que fallará el sumario”, manifestó.

Carga de trabajo

Jorge Morales, abogado socio del bufete Figueroa y Morales, asegura que la duración de este proceso sancionatorio “es super relativa”.

“(Todo depende) de la carga de trabajo de la autoridad. Hubo una época en Santiago en que los sumarios duraban casi dos años (pero) ha ido bajando, ahora están durando como un año para la primera resolución, no para la resolución final. En la Región Metropolitana se tramitan más de 100 mil sumarios al año”, dijo Morales.

Sánchez, en todo caso, especifica que para el caso del Covid-19, la indagatoria sanitaria no debiera superar los cuatro meses “desde que se inicia hasta la notificación”.

“Para hacerse una idea de las facultades de la Seremi, recordemos a la señora Rosa Oyarce. Ella podía fiscalizar hoteles, moteles, piscinas de condominio, centros de eventos. El caso del Coronavirus solo se suma a esas facultades”, aseguró.




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